El pasado 13 de febrero los establecimientos de expendio de alimentos como restaurantes, cafeterías o fuentes de soda, entre otros, tienen prohibido entregar bombillas, revolvedores, palillos, cubiertos de plástico y contenedores de plumavit.
Ya fue aprobada en el Congreso la Ley de Plásticos de un Solo Uso (Ley 21.368), que tiene como objetivo proteger el medio ambiente y disminuir la generación de residuos, mediante la limitación en la entrega de productos de un solo uso en establecimientos de expendio de alimentos, el fomento a la reutilización y la certificación de los plásticos de un solo uso y la regulación de las botellas plásticas desechables.
Productos prohibidos
- vasos, tazas, tazones, cubiertos (tenedor, cuchara, cuchillo), palillos, pocillos, mezcladores, bombillas, platos, cajas, copas, envases de comida preparada, bandejas, sachets, individuales y tapas que no sean de botellas, en tanto no sean reutilizables. Esto comenzará a regir a 6 meses de la publicación de la Ley en el Diario Oficial, tanto para el consumo dentro del local como para el delivery.
- En un plazo de 3 años de adaptación, todos los locales de expendio de comida preparada del país, estarán obligados a usar solo productos reutilizables para el consumo al interior de sus establecimientos.
- En un plazo de 3 años, los delivery solo podrán entregar envases y contenedores de comida de plásticos compostables certificados.
Exigencia de uso de material reciclado en botellas plásticas desechables y fomenta el uso de las retornables
- Botellas desechables: deben estar compuestas por un porcentaje de plástico que haya sido recolectado y reciclado dentro del país. De esta forma se potenciará el mercado del reciclaje en Chile y la creación de empleos verdes en el país potenciando la LEY REP de envases y embalajes.
- Botellas retornables: Desde los 6 meses desde la publicación de LEY, todos los supermercados del país estarán obligados a vender bebidas en formato retornable y recibir los envases de los consumidores. A los dos años, la obligación se extenderá a todas las tiendas de conveniencia y almacenes.
Fiscalización
- La Fiscalización corresponderá a las municipalidades.
- Las multas serán aplicadas por los juzgados de policía local y serán a beneficio municipal (Entre 1 y 5 UTM por cada producto entregado que no sea de material reciclable).
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